Author: Beatriz De Angel, De Angel & Compañía
Date: 31 de julio de 2017
A nuestros clientes y comerciantes:
Adjunto la Determinación Administrativa # 17-07 de Hacienda, fechada el 28 de julio de 2017, relativo al pago del IVU:
Esta se emite con el propósito de:
- Aclarar los requisitos para cumplir con la obligación del pago del IVU en plazos quincenales, a raíz de la aprobación de la Ley 46-2017; y
- Establecer la fecha en que la obligación de realizar el pago del IVU en plazos quincenales comenzara a aplicar.
Debido al corto tiempo transcurrido entre la aprobación de la ley y la fecha efectiva de la misma, la obligación de remitir los pagos quincenales se establece como sigue:
- Para los Grandes Contribuyentes, deberán realizar el primer plazo quincenal no más tarde del martes, 15 de agosto de 2017.
- Para los comerciantes que con el Criterio de los $2,000, deberán realizar el primer plazo quincenal no más tarde del viernes, 15 de septiembre de 2017.
Para consultas puede comunicarse al 787-758-4428 o enviarnos un correo electrónico a través de nuestra página.
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